Buenos días/tardes, queridos lectores! Igual que en otras ocasiones hemos resuelto todas vuestras dudas sobre qué es el modelo 145 del IRPF, hoy vamos a hablar de un tema un tanto controvertido, que se trata del SMI y vamos a ver un poco su fiscalidad. Para ello es mejor explicarlo mediante un ejemplo de nómina con salario mínimo interprofesional. Antes de nada, vamos a ver que es el SMI. El salario mínimo interprofesional es el salario básico que se le tiene que pagar por ley a un trabajador por sus labores profesionales. Esto viene recogido en el Boletín oficial del Estado y se calcula en función de la inflación, productividad y media nacional.
¿Qué es el salario mínimo en la nómina?
El salario mínimo en nómina que es el mínimo que se paga a un trabajador por sus labores profesionales. Actualmente se sitúa en España en 965€ al mes, lo que es equivalente a 32,17€ por jornada. Este salario, en contra de lo que pasaba hace unos años, no está exento de impuestos sino que es salario bruto. A ello hay que restarle el IRPF, con lo cual al final se queda en 903€ mensuales.
Con respecto al salario mínimo en nómina que es el mínimo a percibir, como bien se ha dicho hay que restarle a ello los impuestos de la renta sobre las personas físicas. Hay que saber distinguir bien entre el salario base y el salario mínimo. El primero es una cantidad fija a lo que hay que sumar complementos salariales y no salariales.
¿Qué entra en el salario mínimo interprofesional?
Lo que incluye el salario mínimo interprofesional es el salario base, esta retribución fija, más los complementos. Esta cantidad se determina según un convenio colectivo, y en todo caso dentro de los márgenes del valor del salario mínimo interprofesional. Este trabajador por cuenta ajena –los que trabajan por cuenta propia no tienen ningún sueldo fijo– tiene regulado en todo momento según la ley, lo que percibe.
A posteriori puede seguir negociando la cuantía de su salario con la inclusión o no de bonus y complementos a su sueldo, como pueden ser dietas o teletrabajo. Estos complementos que incluye el salario mínimo interprofesional viene fijado de antemano por el Estatuto de los Trabajadores. En el caso de los temporeros, su cuantía mínima por jornada asciende a 45,70€ según el BOE.
¿Quién tiene derecho a tener una nómina con salario mínimo?
Según el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, ninguna persona que trabaje por cuenta ajena puede cobrar menos de 965€ al mes con una jornada no superior a 40h semanales. En este caso según dicho Estatuto, todos tienen derecho a nómina con salario mínimo. Luego ya cada trabajo dependerá del convenio alcanzado o la negociación directa con el empleador. El mínimo que marca la ley para empezar a trabajar es a partir de los 16 años mediante autorización paternal.
Cómo actualizar una nómina al salario minimo interprofesional
En este caso hace falta actualizar nómina salario mínimo interprofesional, ya que no se realiza de manera automática. A través de la tesorería general de la seguridad social, dándote de alta o identificándote vía cl@ve. Otra forma es rellenando el Modelo TA.2/S-0138 y cambiar los datos del trabajador por cuenta ajena en el Régimen General. Estos cambios se tienen que realizar al mes posterior de la entrada en vigor de los cambios.
Interpretación de una nómina con salario minimo interprofesional
Entendemos que la interpretación nómina con salario minimo interprofesional es complicada. Para ello se compone de diferentes elementos enumerados a continuación: salario base, complemento por antigüedad, conceptos salariales, pagos en especie, deducciones y porcentaje de retención.
Bueno, ¡esto ha sido todo por hoy! Esperemos que os sirva y hayáis aprendido un ejemplo de nómina con salario mínimo interprofesional.
Para cualquier consulta o duda, tus asesores financieros estamos a tiro de llamada.
A ti, lector, gracias por tu tiempo.
Un saludo